La Ley Provincial Nº 3050, sancionada el día 30 de Noviembre de 2017, estableció la creación del Registro de Entidades de Crédito para el Consumo, el cual funciona bajo la órbita de la Dirección General de Defensa del Consumidor.

La norma mencionada define por ENTIDAD DE CRÉDITO PARA CONSUMO “a aquella persona física y/o jurídica privada que, siendo proveedor en los términos de la Ley 24.240, otorgue préstamos, constituida bajo cualquier forma jurídica, y que no esté alcanzada por la Ley 21.526 'Ley de Entidades Financieras'” (Artículo 2º).

Asimismo, en el Artículo 3º determina que CONTRATO DE CRÉDITO PARA CONSUMO es “aquél por el cual una persona física o jurídica ... concede o se compromete a conceder a un consumidor una cantidad de dinero a cambio de su devolución con más una determinada ganancia, cualquiera sea la forma o denominación de la operación financiera de que se trate”.

Por otra parte, se deberá tener presente que ésta obligación de registración recae inexorablemente sobre todas las Entidades de Crédito para Consumo “que se encuentren operando o deseen hacerlo, en el territorio provincial”. Recuérdase que ello prevé cualquier modalidad, física o virtual, de prestación del servicio en tanto la recepción del consentimiento del consumidor se concrete en el ámbito territorial de la provincia de La Pampa.

Para inscribirse, se deberá completar el siguiente FORMULARIO DE REGISTRACIÓN